Carné por Puntos
El 1 de julio de 2006 entró en vigor el nuevo sistema de penalización por puntos, con el que se pretende disminuir la siniestralidad. La eficacia real del sistema es controvertida, así como la de la modificación legislativa que considera delito la conducción sin el debido permiso (vigente desde mayo de 2008) o determinado tipo de infracciones (vigente desde diciembre de 2007): tasa de alcoholemia especialmente elevada, realizar competiciones ilegales en la vía pública o conducir en dirección contraria, lo que se ha llamado conductor suicida (Kamikaze).
Cada conductor cuenta con doce puntos (los conductores noveles con ocho) que perderán gradualmente como consecuencia de las infracciones que cometan (de dos a seis puntos, según su gravedad). Si se pierden todos, el permiso pierde su validez por seis meses (un año si se reincide), y han de someterse a un nuevo examen. Los puntos pueden recuperarse parcialmente con cursos de sensibilización. Con tres años sin infracciones suma dos puntos al conductor. Luego, el pasado 1 de julio de 2009, los que no tuvieron denuncias, obtuvieron su 14º (decimotercer) punto. La ley no distingue a los conductores profesionales (camioneros, taxistas o conductores de autobús) de los demás, por lo que han protestado, al poder afectar a su medio de vida.
Este sistema provocó mucha controversia, confusiones y discusiones. Ir a 140 km por autopista supone 2 puntos de sanción en Cataluña y el País Vasco pero ningún punto al resto del estado. Existe un gran desconocimiento entre la población sobre cual es la cantidad de puntos penalizados según qué infracción, ya que la correspondencia puntos-infracción se ha modificado varias veces. Un ejemplo es la penalización de puntos que existió por estacionar en segunda fila, que fue vigente hasta noviembre de 2009.
También generó equivocaciones por parte de los agentes de seguridad y las administraciones municipales, llegando incluso a multar con penalizaciones de puntos en situaciones en las que no correspondía, como, entre otras, al juzgar si había peligro cuando se aparcaba en un paso de peatones con pérdida de dos puntos, caso eliminado con la modificación de la ley en noviembre de 2009.
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